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Este beneficio obligatorio se conoce como prima dominical y busca compensar al empleado por prestar sus servicios en un día tradicionalmente destinado al descanso.
¿Qué es la prima dominical y quién la paga, según la LFT?
La prima dominical es una prestación que tiene los trabajadores que laboran los domingos y que los empleadores tienen que pagar.
Todos los patrones están obligados a otorgar esta prestación, sin importar si el contrato del trabajador es temporal, permanente o eventual; ni la frecuencia con la que labore en domingo.
¿Cuánto se debe pagar por la prima dominical, según la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo esta prima consiste en un pago adicional de, por lo menos, el 25 por ciento sobre el salario de un día ordinario de trabajo.
Por ejemplo, si alguien gana 400 pesos diarios y trabaja un domingo, debe recibir 100 pesos adicionales, sumando un total de 500 pesos por esa jornada.
¿Qué dice la LFT si el domingo se labora y además es el día de descanso?
En ese caso, el artículo 73 de la ley estipula que el empleador debe pagar el salario diario normal, más un salario doble por el trabajo en día de descanso , además, si ese día también es domingo, se suma la prima dominical.
Así, un trabajador con salario diario de 400 pesos recibiría mil 200 pesos: 400 de su salario, 800 por el doble pago y 100 por la prima dominical.
Tanto la prima dominical como la compensación por laborar en día de descanso deben aparecer claramente en el recibo de nómina del trabajador correspondiente a ese periodo.
¿Si no se cumple con lo que dice la LFT, se puede denunciar y ante quién?