México

¿Trabajas el 2 de noviembre? Esto dice la ley sobre el pago triple por Día de Muertos

El 2 de noviembre no está considerado como día de descanso obligatorio en México, por lo que las empresas no están obligadas a pagar triple a quienes trabajen durante el Día de Muertos. Conoce qué establece la Ley Federal del Trabajo.

Trabajar en Día de Muertos. Foto: IA | Canva
Trabajar en Día de Muertos. Foto: IA | Canva

Publicado el

Copiar Liga
Síguenos en Google Discover - POSTA MX
Síguenos en Google Search - POSTA MX

Por:



El Día de Muertos es una de las tradiciones más importantes de México, pero mientras miles de familias se preparan para colocar ofrendas y visitar los panteones, muchas personas deberán cumplir con su jornada laboral.

Ante la duda sobre si trabajar el 2 de noviembre da derecho a un pago triple, la Ley Federal del Trabajo establece condiciones específicas que conviene conocer antes de esta fecha.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el pago triple el Día de Muertos?

No. El 2 de noviembre, fecha en la que se conmemora el Día de Muertos en México, no está considerado como día de descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Por esta razón, si trabajas durante esa jornada, tu empleador no está obligado por ley a pagarte el doble o el triple de tu salario diario únicamente por tratarse de esta celebración.

Sin embargo, algunas empresas pueden otorgar el día libre o establecer un pago adicional mediante contratos individuales, contratos colectivos o políticas internas. Por ello, es recomendable revisar las condiciones laborales aplicables en cada centro de trabajo.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre trabajar el Día de Muertos?

La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 74 cuáles son los días de descanso obligatorio para las personas trabajadoras en México. Aunque el Día de Muertos es una tradición importante en el país, el 1 y el 2 de noviembre no forman parte de esa lista.

Esto significa que ambas fechas se consideran jornadas laborales ordinarias, salvo que exista un acuerdo entre el empleador y sus trabajadores para otorgar el descanso. En consecuencia, trabajar el 2 de noviembre no genera, por sí mismo, el derecho a recibir una remuneración extraordinaria.

Por otra parte, si el 1 de noviembre cae en domingo y la persona trabajadora labora ese día, tiene derecho a recibir la prima dominical establecida en el artículo 71 de la LFT, equivalente al menos a 25 por ciento adicional sobre el salario ordinario de los días de trabajo.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio y cuándo corresponde un pago triple?

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo contempla los siguientes días de descanso obligatorio:

  • El 1 de enero.
  • El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo, por el natalicio de Benito Juárez.
  • El 1 de mayo.
  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.

Los días que determinen las leyes federales y locales electorales para efectuar la jornada electoral ordinaria. 

Cuando una persona trabajadora debe prestar sus servicios en uno de estos días, los artículos 73 y 75 de la LFT establecen que debe recibir, además de su salario correspondiente al descanso obligatorio, un salario doble por el servicio realizado.

En términos prácticos, esto equivale a un pago total de tres veces el salario diario ordinario.

Por ello, antes de asumir que una fecha festiva genera un pago extraordinario, es importante verificar si está reconocida legalmente como día de descanso obligatorio o si existe un acuerdo laboral que establezca condiciones más favorables para los trabajadores.



Síguenos en Google News