Estas son las modificaciones a la Ley de Salud de Durango que debes saber
El Congreso del estado hizo modificaciones a la Ley de Salud del Estado de Durango.

El Congreso del Estado de Durango concluyó su primer periodo ordinario de su segundo año de ejercicio, en donde se realizaron varias modificaciones a distintas leyes, que ponen en armonía con algunas federales.
Antes de concluir aprobó un paquete de reformas a la Ley de Salud del Estado, con el propósito de fortalecer la protección de la población, garantizar el ejercicio responsable de la medicina y ampliar las acciones de prevención y atención en temas prioritarios de salud pública.
Cirugías estéticas en menores y responsabilidad médica
Los diputados avalaron reformas que regulan la práctica de cirugías estéticas en personas menores de edad y refuerzan la responsabilidad médica.
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La ley establece que las y los profesionales de la salud serán responsables por actos u omisiones que causen daño cuando se acredite negligencia, impericia, imprudencia o el incumplimiento de normas, protocolos y buenas prácticas médicas.
Para efectos legales, se considerará negligencia grave la realización de procedimientos con fines meramente estéticos en personas menores de 18 años, así como la práctica de procedimientos reconstructivos, reparadores o terapéuticos sin cumplir con los requisitos legales.
Estas conductas podrán ser sancionadas con la suspensión definitiva del ejercicio profesional en el estado, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas o penales correspondientes.
Prohibición de terapias contra la orientación sexual e identidad de género
Asimismo, se aprobó la adición del artículo 302 Bis a la Ley de Salud del Estado, en materia de delitos contra la orientación sexual y la identidad de género de las personas.
Esta reforma sanciona a las personas profesionales, técnicas o auxiliares de la salud que realicen, promuevan, obliguen o financien tratamientos o terapias que busquen obstaculizar, restringir o anular la orientación sexual, identidad o expresión de género.
La sanción incluye la suspensión del ejercicio profesional de uno a tres años, conforme al Código Penal del Estado.
Salud visual en la población escolar
En otro punto, el Congreso aprobó reformas para fortalecer la salud visual de la población escolar, pues se indica que este será un padecimiento de la mayor parte de la población debido a la alta exposición de dispositivos electrónicos.
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Se establece la obligación de fomentar, en coordinación con las autoridades educativas, programas y acciones de carácter preventivo que contemplen servicios oftalmológicos, priorizando a niñas y niños que cursan la educación básica.
Prevención y detección de cáncer
De igual forma, se avalaron modificaciones a la Ley de Salud en materia de cáncer de ovario, con el objetivo de reforzar los programas y acciones de salubridad local, incluyendo la prevención y detección oportuna del cáncer de mama, cáncer de ovario y cáncer cervicouterino.
Finalmente, se aprobó una reforma para actualizar la integración del Consejo Estatal de Salud, adecuándolo a la realidad administrativa del estado, fortaleciendo su capacidad de coordinación y conducción estratégica, y manteniendo abiertos los canales de participación interinstitucional con la Federación, así como con los sectores social y privado.







