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En un comunicado, la Fiscalía General del Estado (FGE) informó que la mujer fue detenida mediante una orden de aprehensión ejecutada por agentes ministeriales y elementos de la Policía Estatal de Investigación (PEI), adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
La acusada compareció ante la juez tercera de control de Progreso, donde los fiscales le formularon imputación por la muerte del menor, ocurrida el pasado 10 de agosto en un predio de la localidad antes mencionada.
Foto: Redes sociales
¿Qué ocurrió con el bebé que perdió la vida?
De acuerdo con los datos integrados en la carpeta de investigación, judicializada bajo la causa penal 54/2026, el bebé comenzó a llorar de manera constante en el domicilio donde vivía con su madre y otros integrantes de la familia.
La investigación señala que la mujer le gritó para que dejara de llorar y presuntamente lo golpeó. El menor sufrió lesiones que posteriormente le ocasionaron la muerte. Un perito del Servicio Médico Forense de la FGE determinó que la causa del fallecimiento fue un traumatismo craneoencefálico.
La Fiscalía aclaró que estos señalamientos forman parte de la investigación y deberán ser acreditados durante el proceso judicial. Por ahora, la acusada mantiene su derecho a la presunción de inocencia.
¿Cuándo continuará la audiencia del caso de la madre?
Durante la audiencia inicial, los fiscales expusieron los datos de prueba reunidos y solicitaron que la imputada fuera vinculada a proceso. Sin embargo, Karina Guadalupe C.D. se acogió a la duplicidad del plazo constitucional, por lo que la jueza decretó un receso y programó la continuación de la audiencia para el próximo 18 de agosto.
En esa fecha se determinará si existen elementos suficientes para vincularla a proceso por el delito que se le atribuye.
Como medida cautelar, la representación social solicitó la prisión preventiva oficiosa. La petición fue concedida por la jueza, por lo que la mujer permanecerá privada de la libertad durante el tiempo que dure el proceso.
Foto: FGE de Yucatán
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¿Cuántos años podría pasar la madre yucateca en prisión?
El artículo 394 del Código Penal del Estado de Yucatán establece que el delito de homicidio en razón del parentesco puede castigarse con una pena de 10 a 40 años de prisión, cuando una persona priva de la vida a un descendiente consanguíneo en línea recta con conocimiento de la relación familiar.
Por ello, en caso de que la acusada sea declarada culpable, la pena podría ubicarse dentro de ese rango. La cantidad exacta dependerá de la valoración de las pruebas, las circunstancias del caso y la determinación final del tribunal.
La vinculación a proceso no significa que la acusada haya sido declarada culpable; únicamente permite que la investigación continúe bajo control judicial.