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Nuevo León

Ojo si rentas propiedades porque ya cambió el Código Civil

Para quiénes rentan propiedades, conoce los cambios que hay en el código civil de Nuevo León y evitar riesgos legales.


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Ojo si rentas propiedades porque ya cambió el Código Civil y muchos arrendadores no se han enterado.

Quienes se dedican a la renta de propiedades deben estar atentos a las recientes reformas al Código Civil del Estado, ya que ya entraron en vigor cambios que impactan directamente a arrendadores y arrendatarios.

En Nuevo León, muchos propietarios todavía operan con reglas anteriores, como pedir más de un mes de depósito o fijar contratos cortos, sin saber que ahora existen límites legales establecidos.

¿Cómo son esos cambios en Nuevo León?

  • Uno: si no entregas recibos de renta, la ley puede asumir que ya te pagaron. Sin recibos, pierdes cómo comprobar adeudos en un problema legal.
  • Dos: el depósito de garantía ahora tiene tope: máximo un mes. Pedir dos o tres, aunque antes fuera común, ya no va alineado al Código Civil.
  • Tres: los aumentos de renta ya están regulados. Solo una vez al año, hasta 10%, y si quieres subir más, necesitas firmar un nuevo contrato.
  • Cuatro: los contratos de vivienda deben ser mínimo de 6 meses. Esto cambia cómo eliges inquilinos y planeas la rotación.
  • Cinco: la renta debe pactarse en pesos mexicanos. Nada de fijarla en dólares aunque así se haya manejado antes.

Esto ya está en el Código Civil del Estado de Nuevo León, en los artículos 2346 y 2346 Bis.

Si rentas o conoces a alguien que renta, te agradecerían que les compartieras este contenido.

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