Resumen y análisis automáticos realizados con Inteligencia Artificial
Tiempo de lectura:
—
¿Fue útil este resumen?
Este resumen y su análisis fueron generados con apoyo de Inteligencia
Artificial.
Aunque buscamos ofrecer claridad y precisión, pueden existir errores, omisiones
o
interpretaciones inexactas. Úsalo como guía rápida y consulta
la
nota completa para obtener el contexto completo.
Desarrollado por SACS
IA
Durante octubre de 2026, las y los derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) mantienen abierta la posibilidad de solicitar el retiro de su ahorro, según el régimen de pensión en el que se encuentren.
Para realizar este trámite, es indispensable contar con unaresolución o negativa de pensión emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Cabe recordar que estos recursos se generan durante la vida laboral del trabajador mediante las aportaciones patronales a la Subcuenta de Vivienda y no se pierden, por lo que pueden ser devueltos si se cumplen las condiciones establecidas.
¿Quién puede pedir la devolución de la Subcuenta de Vivienda y qué requisitos necesita?
El requisito principal es contar con una resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS. Esta puede ser por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez o incapacidad (total o parcial, igual o superior al 50%).
Además, para recuperar el ahorro del Infonavit se debe cumplir con las siguientes condiciones:
Tener saldo disponible en alguno de estos conceptos: Fondo de Ahorro 72-92, Subcuenta de Vivienda 92, Subcuenta de Vivienda 97 y/o Solo Infonavit.
Estado de cuenta bancario a tu nombre con CLABE, con vigencia no mayor a dos meses. Verifica que la cuenta acepte depósitos por la cantidad a devolver.
Número de Seguridad Social (NSS), RFC y CURP, que deben coincidir exactamente con los datos del IMSS, tu Afore y tu estado de cuenta.
No tener un crédito vigente con el Infonavit.
Estar registrado en una Afore.
Tramita tu #CréditoFonacot al costo más bajo del mercado?? Checa los requisitos https://t.co/raatO0Bkui Agenda una cita https://t.co/6wRnlNkykY Te esperamos?? https://t.co/i7unIe4hLk
Teniendo esto en cuenta, el trámite se puede realizar por dos vías. Si se opta por el modo presencial, es necesario agendar una cita a través del portal Mi Cuenta Infonavit y acudir con los documentos requeridos, además de original y copia de una identificación oficial vigente (INE, pasaporte, CURP biométrica o, en el caso de personas extranjeras, tarjeta de residente o matrícula consular).
Si se prefiere hacer en línea, la o el solicitante debe ingresar al portal Mi Cuenta Infonavit y contar con la e-firma emitida por el SAT. En ambos casos, el proceso es completamente gratuito.
¿En qué fondo está el ahorro y cómo se te devuelve según el régimen de pensión?
El ahorro es la suma de las aportaciones realizadas por las empresas empleadoras y se clasifica según el periodo en que fueron abonadas. Cada una de estas aportacionescorresponde al 5% del salario diario integrado del trabajador:
Fondo de Ahorro 1972-1992: aportaciones recibidas entre mayo de 1972 y febrero de 1992.
Subcuenta de Vivienda 1992: aportaciones de marzo de 1992 a junio de 1997.
Subcuenta de Vivienda 1997: aportaciones de julio de 1997 a la fecha.
Según los periodos en los que se haya cotizado, un trabajador puede tener recursos en uno, dos o los tres rubros, por lo que el esquema de devolucióndependerá de dicho régimen.
¿Cuentas con un Crédito Infonavit? Recuerda que Mi Cuenta Infonavit está para apoyarte. ¡Visualiza y obtén información de tu crédito, ten todo bajo control! https://t.co/RR9y6YEdE0 https://t.co/vZriHL3R6Y
Si se cotizó ante el IMSSantes del 1 de julio de 1997 y no se volvió a tener una relación laboral asalariada, a la persona interesada le corresponde la Ley 73.
Si después de esa fecha la persona continuó trabajando como asalariada, puede elegir entre la Ley 73 y la Ley 97, decisión que debe tomarse antes de iniciar el trámite de pensión. Por el contrario, si comenzó a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, le corresponde únicamente la Ley 97.
Las personas bajo la Ley 73 reciben sus recursos en una sola exhibición y pueden solicitarlos ante el Infonavit o en su Afore. Si se opta por la Afore, esta devuelve los saldos de las Subcuentas de Vivienda 92 y 97, por lo que la o el interesado debe tramitar ante el Infonavit la devolución del Fondo de Ahorro 72-92 o SoloInfonavit. Si se elige hacer el trámite directo en el Infonavit, se entrega todo lo disponible, incluyendo los rendimientos generados.
¡Tu esfuerzo no se pierde! Si nunca utilizaste tu Crédito Infonavit (o lo terminaste de pagar y seguiste cotizando), tienes ahorros para tu pensión. Ingresa a Mi Cuenta Infonavit: https://t.co/d6KxRVBPjX para consultar tu saldo y solicitar tu devolución. https://t.co/dJXG1HtG6u
Por su parte, quienes cotizan bajo la Ley 97 deben solicitar a su Afore que integre los saldos acumulados de la Subcuenta de Vivienda 92 y 97, junto con sus rendimientos, al monto total con el que se calculará la pensión mensual. Si además cuentan con recursos en el Fondo de Ahorro 1972-1992 o en SoloInfonavit, estos se tramitan directamente ante el Infonavit.
¿Qué pasa si tienes 70 años o más o eres beneficiario de un trabajador fallecido?
Si la o el trabajador cuenta con saldo disponible en su Subcuenta de Vivienda, durante el año previo a cumplir 70 años recibirá un aviso con la información requerida para solicitarlo.
Si no se realiza el trámite, los recursos se transfieren al Fondo de Pensiones para el Bienestar, creado en mayo de 2024 para apoyar a quienes cotizan en el IMSSdesde1997 o en el ISSSTE desde 2007.
Esto no significa que los recursos se pierdan, pues estos ahorros son imprescriptibles; es decir, no tienen fecha límite para reclamarse. Tanto el titular como sus beneficiarios conservan el derecho de solicitar la devolución en cualquier momento, junto con los rendimientos generados.
¡Los años pasan, pero el fruto de tu trabajo no! ? Si ya te retiraste, puedes recuperar tu ahorro de la Subcuenta de Vivienda. Consulta en qué régimen estás y solicita tu devolución de forma segura en Mi Cuenta Infonavit: https://t.co/d6KxRVBPjX. https://t.co/oNUN1Pf5kh
Las o los pensionados pueden verificar si su dinero fue transferido a través del portal Mi Cuenta Infonavit, en la aplicación móvil o en los kioscos de autoservicio. Para aclarar dudas, se puede llamar a Infonatel al 800 008 3900.
Para recuperar los fondos, será necesario acudir sin cita al Centro de Atención a Pensionados y Devoluciones (CAPDE) de su preferencia con los siguientes documentos:
Original y copia de una identificación oficial vigente.
Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria (antigüedad no mayor a dos meses), a nombre del titular exactamente como figura en la identificación y en el Infonavit.
Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS.
Original y copia del último estado de cuenta de la Afore.
En caso de ser beneficiariode un trabajador fallecido, el trámite también se realiza en el CAPDEsin previa cita. Además de la identificación y el estado de cuenta bancario, se requiere la CURP del titular fallecido, la resolución de pensión del IMSS donde se designe a los beneficiarios (o la declaratoria emitida por la autoridad laboral) y el último estado de cuenta de su Afore. Si existe más de un beneficiario, todos deberán presentarse simultáneamente con su respectiva documentación.
¿Eres beneficiario de un trabajador? Recupera sus ahorros Tramitar la devolución de la Subcuenta de Vivienda es un derecho que puedes ejercer de forma gratuita y segura. Consulta más información https://t.co/HORiajClnB. https://t.co/9MFcTzzBks
Si la persona está reconocida como beneficiaria ante el IMSS, no requerirá la designación de los tribunales laborales federales.
Quienes no sean beneficiarios legales (cónyuge, descendientes, ascendientes o concubina/o) y no cuenten con dictamen de pensión del IMSS, deberán presentar una resolución dictada por la autoridad laboral para acreditarse. En el caso del Fondo de Ahorro 72-92, se exige un laudo o resolución judicial a favor del beneficiario.