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SCJN tumba delito de ciberasedio aprobado en Puebla; lo declara inconstitucional

El Congreso de Puebla aprobó un nuevo delito en junio de 2025, después de críticas a una funcionaria

Votación en la SCJN Foto: Suprema Corte
Votación en la SCJN Foto: Suprema Corte

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Este 14 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el delito de ciberasedio que se aplica únicamente en Puebla y que el Congreso de ese estado creó después de críticas hacia una funcionaria pública.

La máxima autoridad en materia de justicia en el país se manifestó en contra por mayoría de votos de los magistrados y después de que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad en contra del nuevo orden penal poblano.

¿Cuál fue el argumento para tumbar el delito de ciberasedio?

El argumento de la propuesta para tumbar el nuevo delito de ciberasedio fue que los argumentos expuestos para sustentar el delito ya estaban considerados en otros tipos penales, es decir que la sociedad no se quedaría desprotegida.

Fueron seis votos a favor de declarar la inconstitucionalidad del delito de ciberasedio y tres magistrados votaron en contra, es decir de mantenerlo.

Los votos a favor de tumbar el ciber asedio fueron del ministro presidente de la SCJN Hugo Aguilar Ortiz, así como de los ministros Giovanni Figueroa, Arístides Guerrero, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz e Irving Espinosa.

En tanto que en contra de la acción de inconstitucionalidad fueron Lenia Bartres, María Estela Rios y Sara Irene Herrerias.

¿Qué es el ciberasedio?

El artículo 480 del Código Penal de Puebla, considera que alguien incurre en delito de ciberasedio cuando:

“A través de la utilización de medios digitales de informática o TICS insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia suficiente para causarle un menoscabo importante en su salud. Al responsable de tal hipótesis se le aplicará la sanción contenida en el Artículo anterior independientemente de las que resulten por consecuencias posteriores”.

Ahora, el Congreso de Puebla deberá modificar la redacción del delito de ciberasedio o en su caso derogar dicha ley.

¿Por qué se rechaza el ciberasedio?

Varias organizaciones nacionales e internacionales han expresado su preocupación por el uso punitivo que se le puede dar a esta legislación, especialmente porque afirman que podría derivar en la censura, intimidación o criminalizar a sectores como el periodismo y los medios de comunicación.

Tal es el caso de Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla, quienes emitieron un comunicado conjunto a cerca de esta ley, precisando que "vulnera el principio de taxatividad penal y fue elaborada sin la asesoría técnica de especialistas en la materia".

Igualmente, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), se pronunció al respecto, retomando lo dicho por la presidenta Claudia Sheinbaum en cuanto estar abiertamente en contra de cualquier forma de censura, por lo que hizo un llamado a la "revisión de marcos legales" que permitan la "criminalización" de la libertad de expresión.

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Sesión del Congreso de Puebla Foto: "X"(Twitter) @CongresoPue


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