México

Reclutamiento criminal en México: diputados avalan propuesta que lo castiga hasta con 25 años de prisión

Entre los agravantes, se contempla si las víctimas son niñas, niños y adolescentes, o si estas pertenecen a algún pueblo originario

La ley también contempla una reducción en la pena si la persona presuntamente responsable aporta datos verificables que ayuden a esclarecer hechos. Foto: Canva / Cámara de Diputados
La ley también contempla una reducción en la pena si la persona presuntamente responsable aporta datos verificables que ayuden a esclarecer hechos. Foto: Canva / Cámara de Diputados

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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma para endurecer las penas de prisión contra quienes resulten responsables del delito de reclutamiento forzado.

De acuerdo con el dictamen, la legislación propone sanciones superiores a los 20 años de cárcel para castigar este delito de alto impacto, una práctica empleada de manera recurrente por grupos del crimen organizado para engrosar sus filas.

¿Cómo fue aprobada la reforma para endurecer penas a quienes realicen reclutamiento forzado?

La decisión fue tomada durante la sesión del martes 20 de octubre, en la que se aprobó, en lo general y en lo particular, con 419 votos a favor, la modificación a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, a fin de adicionar el Capítulo II Bis, denominado “Del Reclutamiento Forzado de Personas”.

Tras su aval unánime por parte de todas las fuerzas políticas, que celebraron el consenso alcanzado, la minuta fue enviada al Senado de la República para que continúe su trámite constitucional, donde será discutida y, en su caso, ratificada.

Por un lado, la diputada de Morena, Elena Edith Segura Trejo, destacó que esta iniciativa subsana un vacío jurídico al tipificar específicamente la conducta, lo que facilitará su investigación y sanción.

Por parte del PAN, el diputado José Guillermo Anaya Llamas afirmó que la reforma es urgente para perseguir el delito, proteger a las víctimas y frenar el enganche de jóvenes concretado a través de redes sociales mediante engaños, falsas ofertas de trabajo o coacción.

En tanto, la diputada Liliana Carbajal Méndez (PVEM) sostuvo que la modificación legislativa representa un paso firme para cerrar espacios a la impunidad y dotar de claridad jurídica al combate contra las organizaciones criminales que recurren a este método.

¿Qué penas establece a quienes sean responsables de reclutamiento forzado?

De acuerdo con lo establecido en la reforma, se fija como sanción base una pena de 10 a 20 años de prisión y de 1000 a 5000 días de multa a quienes, por medios impresos, electrónicos o cualquier otro vía, ya sea por sí mismos o por interpósita persona, con engaño o sin él, inviten, induzcan, incorporen o recluten a una o más personas para formar parte de grupos delictivos, delincuencia organizada o para realizar actividades delictivas previstas en la ley.

El texto define específicamente el reclutamiento forzado cuando dicha conducta se cometa mediante intimidación, amenaza, coacción, violencia física o moral, o abuso de poder. Para esta modalidad, la pena se eleva de 15 a 25 años de prisión y de 10 000 a 80 000 días de multa.

Asimismo, la legislación establece que cuando las víctimas sean niñas, niños o adolescentes, el hecho se considerará y sancionará automáticamente como reclutamiento forzado.

En los casos en que las propias personas menores de 18 años sean imputados por este delito, la norma precisa que se salvaguardará el interés superior de la niñez, garantizando la protección más amplia y la restitución de sus derechos conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Además, de ser procedente, se impondrá el internamiento preventivo conforme a lo dispuesto en el artículo 123 de la norma marco de justicia para adolescentes.

Aunado a ello, las penas se incrementarán hasta en una mitad si la víctima pertenece a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana; si se encuentra en situación de movilidad humana, independientemente de su estatus migratorio, o si para la comisión del delito se ejercen lesiones, tortura, violencia sexual, privación de la libertad, fanatismo religioso o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

¿Qué agravantes están contemplados en la propuesta?

De igual manera, se establece que las penas se incrementarán hasta en una mitad cuando el presunto responsable sea o haya sido empleado de una empresa de seguridad privada con acceso a información confidencial o adiestramiento especializado que utilice para la comisión del delito, o bien cuando se ostente como servidor público.

Esta misma agravante se aplicará si el reclutamiento se realiza contra personas con formación, profesión o habilidades especializadas, o si el ejecutor perteneció a corporaciones de seguridad pública o a las Fuerzas Armadas.

Asimismo, si el responsable es un servidor público en activo, se le impondrá la destitución del cargo e inhabilitación para desempeñar cualquier función pública por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta, el cual comenzará a computarse una vez cumplida la condena privativa de la libertad.

Penas podrían reducirse en caso de aportar datos relevantes

Por otro lado, el dictamen señala que las penas previstas para el delito de reclutamiento podrán reducirse hasta en una tercera parte cuando los autores o partícipes aporten información relevante que permita esclarecer los hechos o identificar a otros responsables.

No obstante, para que estos datos sean funcionales, la información proporcionada deberá ser debidamente corroborada por datos, medios de prueba o elementos de convicción.

Para acceder a este beneficio, el imputado no deberá ser reincidente ni estar procesado por delincuencia organizada, además de garantizar la reparación integral del daño a la víctima.


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