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El caso marca un precedente en la protección de esta Área Natural Protegida, pues se trata de la primera vez que la Fiscalía General de la República (FGR) interviene en la detención por transitar con un vehículo todoterreno (RZR) dentro de la zona del Nevado de Toluca.
Casos como estos, derivan penas de cárcel y multas monetarias.
Los hechos ocurrieron el pasado 18 de enero, cuando el conductor ignoró las indicaciones de no ingresar al Área Natural Protegida y transitó por una zona de alta sensibilidad ecológica.
De acuerdo con las autoridades, el vehículo ingresó a la zona núcleo del Área de Protección de Flora y Fauna del Nevado de Toluca, sin contar con el permiso correspondiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Esto provocó la destrucción de vegetación forestal. Además, el conductor intentó arrollar a un elemento de la Policía Estatal al momento de ser interceptado, lo que agravó la situación y activó los protocolos de actuación interinstitucional.
De acuerdo con la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente habrá sanciones a todas las personas que ingresen vehículos todo terreno al Nevado de Toluca.
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La puesta a disposición ante la FGR fue resultado de la coordinación entre la Policía Estatal, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Fiscalía General de la República, en seguimiento a una capacitación impartida el pasado 8 de enero de 2026 a corporaciones de seguridad y personal ministerial.
Dicha capacitación abordó los procedimientos legales para asegurar vehículos tipo RZR que circulen de manera ilegal dentro de Áreas Naturales Protegidas.
Ésta es la primera vez que la Profepa en el Estado de México, en coordinación con la Policía Estatal, la @CONANP_mx y la @FGRMexico, realiza la puesta a disposición de una persona por transitar con un vehículo razer dentro de una Zona de Protección de Flora y Fauna del Nevado… pic.twitter.com/GvrUPiSxU4
Las autoridades informaron que la conducta del conductor se encuentra prevista y sancionada en la fracción I del artículo 418 del Código Penal Federal, el cual establece penas de seis meses a nueve años de prisión, además de multas económicas, para quien destruya vegetación forestal sin autorización previa de la autoridad competente.
Evaluación de daños y precedente ambiental
El 19 de enero de 2026, inspectores de la Profepa, en coordinación con la Policía Ministerial y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), acudieron al lugar de los hechos para evaluar los posibles daños ambientales ocasionados por el paso del vehículo todo terreno.
La Profepa reiteró su compromiso de proteger las Áreas Naturales Protegidas del país y de aplicar la ley sin excepción ante cualquier actividad que ponga en riesgo el patrimonio natural de México.