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Modificar el nombre en documentos oficiales solía ser un trámite largo y complejo, pero en el Estado de Méxicoahora existe un procedimiento que permite realizar el cambio en un plazo aproximado de 15 días, siempre que se cumplan ciertos requisitos legales.
Esta medida busca facilitar procesos administrativos para personas que desean modificar su nombre por razones personales, sin tener que atravesar procesos judiciales prolongados.
¿Quiénes podrán realizar el cambio de nombre en el Edomex?
Las autoridades han señalado que no todos los casos aplican automáticamente, por lo que los solicitantes deben cumplir con criterios específicos y presentar documentación que justifique la solicitud.
De acuerdo con lo establecido en el Código Civil del Estado de México, en el artículo 3.8 bis se establece que podrán realizar el cambio de nombre las siguientes personas.
Las personas que tengan alguna afectación a su dignidad y estén expuestas al ridículo.
Quienes utilizan cotidianamente un nombre distinto al oficial por razones laborales o sociales.
Dentro del Código Civil se establece que, en la primera situación, en caso de tener dos o más nombres, solo se realizará el cambio en el que represente exposición aburlas.
Autoridades han mencionado que, en caso de que la persona sea menor de 18 años, pero mayor de 12, será necesario el consentimiento de sus padres, padre, madre o representante legal, según sea el caso.
¿Dónde se puede realizar el cambio?
Los interesados deberán acudir ante el oficial del registro civil en donde se encuentra registrada el acta de nacimiento para poder realizar la solicitud de cambio.