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@emiliana.navas.ab
VIOLENCIA VICARIA ¡Te voy a dar donde más te duele! Hoy quiero contarte de un tipo de violencia, de la que no se habla, pero que tiene efectos devastadores: la violencia vicaria. Este tipo de violencia ocurre cuando uno de los progenitores utiliza a los hijos como herramientas de control y daño hacia el otro progenitor, como un medio para castigar, manipular o ejercer poder sobre la víctima. Este tipo de violencia puede manifestarse ante el incumplimiento del régimen comunicacional afectando de esta manera las actividades del otro progenitor, ante la amenaza con quitarle el cuidado de los hijos, como asimismo con el incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria, limitando así los recursos de los menores. Si te encontras en esta situación es importante que sepas identificar esta forma de violencia y que pidas ayuda. Si necesitas asesoría legal no dudes en contactarnos. Juntos podemos hacer valer tus derechos y los de tus hijos. Y vos ¿ has sido victima de esta forma de violencia? Te leo en comentarios
? sonido original - Emiliana Navas Abogada
La decisión se dio luego de que un juez consultara al Tribunal Constitucional de Coahuila sobre la procedencia de aplicar este tipo penal en un caso concreto.
Tras el análisis, el Pleno resolvió que no debe emplearse en contra de una mujer y que, en su caso, la conducta debe encuadrarse en otros delitos previstos en la legislación.
¿Por qué la violencia vicaria se limitará a casos en favor de mujeres?
Mery Ayup explicó que la violencia vicaria surgió como una acción afirmativa impulsada por colectivos de mujeres para visibilizar y sancionar conductas en las que se daña a hijas e hijos con el propósito de afectar a la madre.
“No significa que no exista violencia contra los hombres, pero cuando eso ocurre, se configura otro tipo de delito. La violencia vicaria tiene un origen específico vinculado a la protección de las mujeres”, señaló.
El magistrado detalló que el Pleno acordó exhortar al Congreso del Estado para que reforme el tipo penal y precise de manera expresa que debe aplicarse únicamente como una figura en beneficio de las mujeres.
El presidente del Tribunal aclaró que si una mujer incurre en conductas que afecten a sus hijos con la intención de dañar a un tercero, estas pueden perseguirse bajo otros delitos, como violencia familiar, violencia psicológica, incumplimiento de resoluciones judiciales u obstaculización de convivencias.
Reiteró que la determinación no implica impunidad para ninguna de las partes, sino una interpretación jurídica acorde al origen del delito y al principio de perspectiva de género.
Con esta resolución, el Poder Judicial de Coahuila fija un criterio sobre la aplicación del delito de violencia vicaria mientras se concreta la eventual reforma legislativa.