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Coahuila

Utilidades en Coahuila 2026: ¿Cuándo deben entregarlas y a quién le corresponden?

Reparto de utilidades en Coahuila 2026: fechas, montos, topes y quiénes quedan excluidos este año

El reparto de utilidades 2026 es un derecho constitucional establecido en el artículo 123. (Canva)
El reparto de utilidades 2026 es un derecho constitucional establecido en el artículo 123. (Canva)

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Mayo es el mes más esperado por los trabajadores formales en México, y Coahuila no es la excepción. L

a Participación de los Trabajadores en las Utilidades, conocida como PTU, es un derecho constitucional establecido en el artículo 123, apartado A, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y está regulado en detalle por los artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Este año, el plazo para que las empresas paguen a sus trabajadores vence el 30 de mayo de 2026, y para los patrones personas físicas, el 29 de junio.

En un estado con una economía tan diversa como la de Coahuila — que concentra industria automotriz, siderúrgica, minera y maquiladora en ciudades como Saltillo, Monclova, Torreón, Piedras Negras y Acuña — el reparto de utilidades representa una de las inyecciones económicas más importantes del primer semestre para cientos de miles de familias trabajadoras.

¿Cuándo deben pagar las utilidades 2026 en Coahuila?

El calendario depende del tipo de patrón, y la diferencia de plazos se explica por la fecha en que cada tipo de contribuyente presenta su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El artículo 122 de la LFT establece que el pago debe realizarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha límite de la declaración fiscal anual, incluso si existe alguna objeción por parte de los trabajadores.

  • Personas morales (empresas): del 1 de abril al 30 de mayo de 2026. Las empresas presentaron su declaración anual del ejercicio fiscal 2025 a más tardar el 31 de marzo, por lo que el plazo de 60 días vence el 30 de mayo.
  • Personas físicas con actividad empresarial (patrones individuales): del 1 de mayo al 29 de junio de 2026. Su declaración anual se presentó durante abril, por lo que su plazo corre un mes después.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet),  respetar estas fechas es una obligación legal para los empleadores, no una opción. El incumplimiento activa automáticamente el derecho del trabajador a reclamar la prestación y puede derivar en sanciones económicas para el patrón.

¿A quién le corresponde recibir las utilidades PTU 2026?

No todos los trabajadores tienen derecho automático al reparto. La LFT establece condiciones específicas que deben cumplirse para ser acreedor a la PTU. Según el artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, tienen derecho quienes cumplan lo siguiente:

  • Haber laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal 2025, de forma continua o discontinua.
  • Trabajadores de planta, eventuales (que hayan cumplido el mínimo de días), y extrabajadores que hayan cubierto el tiempo requerido aunque ya no estén en la empresa al momento del pago.
  • Madres trabajadoras durante sus periodos pre y postnatales, quienes se consideran en servicio activo para efectos del reparto.
  • Trabajadores con incapacidad temporal por riesgo de trabajo, también considerados en servicio activo según la misma ley.
  • Trabajadores de plataformas digitales que hayan acumulado más de 288 horas de trabajo efectivo en el año, conforme a la reforma laboral.

La ley también establece quiénes quedan excluidos del reparto. De acuerdo con el artículo 127 de la LFT, no participan en la PTU:

  • Directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
  • Socios o accionistas.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal.
  • Prestadores de servicios por honorarios sin relación laboral subordinada.
  • Trabajadores del hogar.

Respecto al monto, la PTU se calcula sobre el 10% de la utilidad fiscal declarada por la empresa ante el SAT para el ejercicio 2025, y se divide en dos partes iguales: el 50% se reparte proporcionalmente a los días laborados por cada trabajador, y el otro 50% se distribuye en función del salario percibido durante el año.

. Existe además un tope máximo: el trabajador recibe lo que resulte mayor entre tres meses de salario o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos tres años, tope establecido en la reforma laboral de 2021 y ratificado como constitucional por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación-

¿Qué empresas no están obligadas a pagar PTU y qué pasa si no te pagan?

El artículo 126 de la LFT establece los supuestos en que los patrones quedan exentos del reparto. Según Infobae, no están obligadas a pagar utilidades las siguientes:

  • Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, o dos años si fabrican un producto calificado como nuevo por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • Empresas de la industria extractiva durante el periodo de exploración — dato relevante en Coahuila dado el peso de la minería en municipios como Múzquiz, Sabinas y Progreso.
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
  • Organismos públicos descentralizados con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, como el IMSS.
  • Empresas cuyos ingresos anuales declarados ante el SAT no superen los 300,000 pesos.


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