Coahuila

Reconocimiento de paternidad en Coahuila ante el Registro Civil: Todo lo que debes saber

Hasta ahora, este trámite solo puede ser realizado de manera presencial ante la Dirección del Registro Civil de Coahuila

En toda la entidad existen más de 180 oficialías del Registro Civil en las que se puede realizar este trámite. Foto: Gobierno de México / Canva
En toda la entidad existen más de 180 oficialías del Registro Civil en las que se puede realizar este trámite. Foto: Gobierno de México / Canva

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El reconocimiento de paternidad en Coahuila es un trámite que permite a un padre declarar ante el Registro Civil que un menor, previamente registrado por la madre, es su hijo. 

Con este acto, el niño o la niña puede llevar el primer apellido del padre y queda identificado legalmente como hijo reconocido. 

¿Qué es el reconocimiento de paternidad y quién puede solicitarlo?

El acto de reconocimiento es la declaración mediante la cual un padre acepta que un menor, declarado antes por la madre, es su hijo. A partir de ese momento, el menor tiene derecho al primer apellido del padre y queda legalmente identificado como su hijo reconocido.

El trámite puede solicitarlo el propio padre o su representante legal a través de la Dirección del Registro Civil, la cual forma parte de la Secretaría de Gobierno de Coahuila.

Es necesario resaltar que este proceso se realiza de forma presencial y tiene un costo de 450 pesos.

¿Qué requisitos se necesitan para el reconocimiento de paternidad en Coahuila?

Los documentos y condiciones que pide el Registro Civil de Coahuila son los siguientes:

  • Acta de nacimiento original de la persona que va a ser reconocida.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del padre que hace el reconocimiento.
  • Identificación oficial, en copia simple, del padre y de dos testigos mayores de edad.
  • CURP, en copia simple, tanto del reconocido como del reconocedor.
  • Comparecencia personal del padre o de un mandatario especial con poder notariado. Si se trata de un poder, debe constar en escritura pública, con las firmas ratificadas ante notario público, en original.
  • Comparecencia de la persona que será reconocida y, en su caso, de la madre, cuando aquella sea menor de 18 años.

Cabe destacar que el consentimiento varía según la edad de la persona que será reconocida por su padre:

  • Niña o niño menor de 12 años: se requiere el consentimiento y la comparecencia de la madre.
  • Mayor de 12 y menor de 18 años: se necesita el consentimiento del reconocido y de la madre, además de su comparecencia. Este límite de edad se modificó por la Ley para la Familia, según su artículo 74.
  • Mayor de 18 años: basta el consentimiento de la propia persona reconocida.

Cuando el reconocimiento deriva de un procedimiento judicial, se debe presentar la copia certificada de la sentencia ejecutoriada, en original, junto con un oficio dirigido al oficial y a la Dirección del Registro Civil.

¿Dónde se hace y cuáles son los pasos en Coahuila?

El reconocimiento de hijos o asentamiento debe realizarse en cualquiera de las 182 Oficialías del Registro Civil distribuidas en Coahuila, o bien en las 12 coordinaciones estatales de la dependencia.

Es importante considerar que no es posible agendar cita para este trámite, ni en línea ni por otro medio, por lo que se debe acudir directamente dentro del horario de atención.

Según lo expuesto en el sitio oficial del Gobierno de Coahuila, el procedimiento consta de tres pasos a cargo de la persona solicitante:

  • Presentarse en el horario de atención de la oficialía con la documentación requerida y con la persona que será reconocida
  • Realizar el pago correspondiente
  • Recibir el registro y la primera acta, que es gratuita para el interesado


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