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CDMX

Usuarios de scooters y bicis eléctricas deberán tener licencia en CDMX a partir de este mes de 2026

Con esta medida se busca mejorar la seguridad vial y regular los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE)

Personas circulando en bicicleta y scooter eléctrica en CDMX.  Foto: creada con IA
Personas circulando en bicicleta y scooter eléctrica en CDMX. Foto: creada con IA

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La movilidad en la Ciudad de México está viviendo una transformación digital y sustentable, pero con el aumento de alternativas eléctricas también llegan nuevas responsabilidades; es que a partir de este 2026 las personas que se transporten en scooters o bicicletas eléctricas deberán cumplir con nuevos requisitos, como son la licencia de conducir y placas.

¿Cuándo entra en vigor la licencia para scooters en CDMX?

Aunque la reforma ya fue aprobada, las autoridades han establecido un periodo de transición. La obligatoriedad de contar con placas y licencia comenzará formalmente en agosto de 2026. Este plazo de 360 días permite que el Reglamento de Tránsito sea ajustado y que los ciudadanos se preparen para los nuevos trámites.

De acuerdo con el cronograma oficial, se espera que la Secretaría de Movilidad (Semovi) publique en mayo próximo los costos detallados y el procedimiento para obtener estos documentos. Es fundamental estar atentos, ya que una vez llegada la fecha límite, quienes no cumplan con la normativa podrían enfrentarse a multas y sanciones administrativas.

¿Cuáles son los requisitos y vehículos que deben tramitar las placas?

La nueva normativa no aplica para todos los juguetes eléctricos o bicicletas convencionales. El enfoque está en los vehículos que, por su potencia, representan un mayor riesgo en la vía pública. Deberán portar placas y licencia:

  • Scooters eléctricos y bicimotos: especialmente aquellos que superen los 25 km/h.
  • Bicicletas eléctricas de alta potencia: modelos que no dependan exclusivamente del pedaleo asistido y tengan características similares a una moto.

Además de la documentación legal, los usuarios estarán obligados a utilizar casco y equipo de seguridad, registrar su unidad ante la Semovi y respetar estrictamente las restricciones de circulación, evitando invadir banquetas o carriles confinados para el transporte público.

Persona en Scooter eléctrico   Foto: Canva

Persona en Scooter eléctrico Foto: Canva

¿Qué vehículos quedan exentos de esta regulación?

Si utilizas tu bicicleta para hacer ejercicio o trayectos cortos a baja velocidad, hay buenas noticias. La ley contempla excepciones para fomentar la movilidad no motorizada. Quedan libres de tramitar licencia y placas:

  • Bicicletas tradicionales.
  • Bicicletas eléctricas con pedaleo asistido.
  • Scooters y bicis de baja velocidad que no rebasen el límite de los 25 km/h.

Con esta regulación, la Ciudad de México busca poner orden ante el crecimiento de estos vehículos, protegiendo la integridad de todos.

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