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La reforma, publicada el 23 de julio de 2026, modifica los artículos 19, 24 y 24 Bis de la legislación vigente y establece horarios específicos de operación, además de nuevas restricciones sobre la comercialización de bebidas alcohólicas.
¿Cuál será el horario de las pulquerías tradicionales en CDMX?
Con la reforma al artículo 24 de la Ley de Establecimientos Mercantiles, estos establecimientos únicamente podrán brindar servicio de 10:00 a 22:00 horas.
El mismo horario aplicará para la venta de pulque, tanto para consumo dentro del establecimiento como para llevar, por lo que fuera de ese periodo no estará permitida su comercialización.
Aunque los establecimientos podrán ofrecer alimentos y botanas como complemento de su actividad, perderán la posibilidad de comercializar otras bebidas alcohólicas si desean conservar la denominación de pulquería tradicional.
¿Cuáles son las nuevas prohibiciones en las pulquerías de CDMX?
Además de limitar la venta exclusivamente al pulque, el decreto incorpora nuevas restricciones para la operación de estos establecimientos. Entre las principales disposiciones destacan:
Queda prohibida la venta de cerveza, mezcal, tequila, destilados y cualquier otra bebida alcohólica distinta al pulque.
No se permitirá el acceso a menores de edad.
Se prohíbe ofrecer promociones bajo la modalidad de barra libre.
La venta exclusivamente al pulque, el decreto incorpora nuevas restricciones. Foto: Mexico City
¿Cuándo entrarán en vigor las nuevas reglas en las pulquerías?
Aunque la reforma ya fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, las nuevas disposiciones no serán de aplicación inmediata.
El artículo segundo transitorio del decreto establece que las modificaciones entrarán en vigor 90 días naturales después de su publicación, por lo que comenzarán a aplicarse a partir del 21 de octubre de 2026.