Suprema Corte suspende discusión sobre derechos de personas desalojadas en CDMX
Pese a que estaba programada la discusión se aplazó, por lo que varios ciudadanos protestaron a los alrededores.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplazó por tiempo indefinido la discusión de la reforma que regula los desalojos en la Ciudad de México, una modificación legal que eliminó la obligación de reubicar a personas en situación de vulnerabilidad para evitar que queden en la calle.
¿Por qué se aplazó la discusión sobre personas desalojadas en CDMX?
El caso, identificado como la acción de inconstitucionalidad 73/2019, estaba previsto para analizarse este 19 de enero.
Al inicio de la sesión pública, el secretario general de Acuerdos del máximo tribunal, Daniel Álvarez Toledo, informó que la ministra María Estela Ríos retiró el proyecto del orden del día, sin detallar las razones de esta decisión.
¿Cómo actuaron los ciudadanos tras la suspensión de discusión en la Suprema Corte?
El anuncio se dio en un contexto de fuerte presión social, luego de que vecinos, colectivos y especialistas bloquearan los accesos de la Corte para manifestar su rechazo a la propuesta.
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Las protestas se concentraron en la preocupación de que la reforma vulnera el derecho a una vivienda digna, al avalar cambios al Artículo 60 de la legislación capitalina que redujeron significativamente las garantías para personas desalojadas.
Tras conocerse que el asunto sería retirado del debate, personal de la SCJN solicitó a los manifestantes permitir el acceso a trabajadores y ministros, a fin de anunciar formalmente la suspensión y abrir un canal de diálogo.
Durante la manifestación, los inconformes colocaron pancartas y un tendedero con consignas como “derechos para las personas, no para las inmobiliarias” y “vivienda para vivir, no para invertir”.
¿Qué establecía originalmente el Artículo 60?
El abogado Arturo Aparicio, defensor de vecinos afectados por desalojos, explicó que el descontento social se originó por la modificación de un artículo que originalmente fue impulsado por la ciudadanía.
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Detalló que el Artículo 60, en su versión inicial, establecía estándares claros para evitar desalojos forzosos violatorios de derechos humanos, obligando a las autoridades a buscar alternativas antes de ejecutar un lanzamiento y a garantizar audiencia a las personas afectadas.
Entre los derechos que contemplaba se encontraban: que los desalojos solo se realizaran en casos excepcionales; la prohibición de discriminación; la obligación de reducir el uso de la fuerza; el derecho a indemnización por pérdidas; y la reubicación de personas vulnerables en un radio máximo de 15 kilómetros.
También obligaba a transparentar información oficial sobre desalojos (mismos que reportaron más quejas en esta alcaldía de la CDMX) en la capital.
Aunque la ley fue aprobada y entró en vigor en febrero de 2019, el Artículo 60 fue modificado apenas tres meses después. El Congreso de la Ciudad de México eliminó la obligación de reubicar a los afectados y dejó el texto limitado a exigir una orden judicial y la posibilidad de solicitar programas de vivienda.
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