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CDMX

Circular en scooter, moto o bici eléctrica en CDMX requerirá placas y licencia y esto se sabe

Los usuarios que tengan este tipo de vehículos deberán realizar ciertos trámites, así como pagos.

Algunos quedarán exentos de las nuevas normas para transitar en la capital mexicana. Foto: X @UCS_GCDMX
Algunos quedarán exentos de las nuevas normas para transitar en la capital mexicana. Foto: X @UCS_GCDMX

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La CDMX alista nuevas reglas para el uso de scooters, bicicletas y motocicletas eléctricas ante su creciente presencia en calles y avenidas. Las autoridades capitalinas buscan ordenar esta forma de movilidad con requisitos obligatorios como licencia de conducir, placas y uso de casco.

La medida forma parte de una reforma a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, con el objetivo de reducir accidentes, mejorar la convivencia vial y dar certeza a usuarios y peatones.

¿Cuáles son las reglas para vehículos eléctricos en CDMX?

Con la actualización normativa, quienes conduzcan vehículos eléctricos personales deberán cumplir con nuevas obligaciones para circular legalmente:

  • Contar con placas y tarjeta de circulación
  • Tener licencia de conducir vigente
  • Usar casco y equipo de protección
  • Evitar circular por banquetas y ciclovías

Estas disposiciones buscan frenar conflictos entre peatones, automovilistas y usuarios de micromovilidad, en un contexto donde cada vez es más común compartir el espacio vial.

¿Qué son los VEMEPE?

La reforma introduce el concepto de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), categoría que agrupa scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas con ciertas características técnicas. Para ser considerados dentro de esta clasificación, los vehículos deben cumplir con:

Tener acelerador independiente

  • Contar con dos o más ruedas
  • Superar los 25 km/h de velocidad
  • Poseer una potencia de entre 250 W y 1 kW

Además, se dividen en dos tipos:

  1. Tipo A: peso menor a 35 kilogramos
  2. Tipo B: peso entre 35 y 50 kilogramos

Esta clasificación permitirá aplicar reglas específicas según el tipo de vehículo.

¿Cuándo entrarán en vigor las nuevas disposiciones?

Las autoridades capitalinas establecieron un periodo de hasta 360 días para ajustar el reglamento y definir los procedimientos administrativos, como el emplacamiento y la expedición de licencias.

Se prevé que la aplicación obligatoria de estas medidas inicie hacia agosto de 2026, una vez que la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México publique los lineamientos finales.

¿Todos los scooters deberán cumplir estas reglas?

Los scooters más ligeros o de menor potencia seguirán siendo considerados vehículos no motorizados, aunque deberán respetar el Reglamento de Tránsito vigente. Mientras se definen los detalles, las autoridades recomiendan:

  • Respetar las normas viales actuales
  • Evitar zonas peatonales
  • Usar equipo de protección
  • Mantenerse informados sobre cambios oficiales
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